¿Qué se necesita para que haya Asamblea en Gimnasia y cuántos votos se requieren en la misma?


La CD de Gimnasia decidió llevar a Asamblea el proyecto de reforma estatutaria de Usina Tripera, pero también, sus predecesores.

Tal cual adelantaron luego de la reunión mantenida en Comisión Directiva, la dirigencia de Gimnasia decidió que se dará la Asamblea Extraordinaria para la reformar del Estatuto solicitada por la agrupación, Usina Tripera, aunque no será el único proyecto que se someterá a votación.

Como se mencionó, también se encuentra el presentado en el año 2022 por parte del Frente Popular Gimnasista en el año 2022 sobre el «Nuevo Estatuto Social», en base al trabajo del doctor Pedro Dardo Raúl Pianta, y resultado de un proceso de estudio, análisis, revisión y reformulación de larga data ya que tuvo su puntapié inicial en la agrupación Primero Gimnasia.

Más allá de llegar a un consenso para llamar a la Asamblea, todavía no se definió la fecha, el lugar ni lo que será el orden del día de la misma. Esto tiene que ver con que, además de proceder con la verificación de las firmas presentadas por la agrupación que encabeza Carlos Anacleto, restan pasos legales y administrativos para celebrar el encuentro con los socios y socias del Lobo.

¿Qué marca el Estatuto de Gimnasia sobre la Asamblea?

El artículo 101, da cuenta de que «las Asambleas Extraordinarias se realizarán cuando la Comisión Directiva así lo considere necesario o a petición escrita que suscriba, por lo menos la décima parte de los socios con derecho a voto, la que deberá indicar expresamente el o los motivos del requerimiento. La Asamblea Extraordinaria se convocará para modificar total o parcialmente este Estatuto y en los demás casos previstos por el mismo«.

En el artículo 103, se especifica que «se constituirán en primera convocatoria en el día, hora y lugar indicado en la misma, en un número igual a la mitad más uno de los socios con voz y voto. Si no hubiere número en la primera, con cualquier citación, una hora después de la fijada para la primera, con cualquier número de socios siempre que no sea inferior al total de los miembros titulares que componen la Comisión Directiva, haciendo exclusión de éstos«.

En este punto, es importante aclarar que para que haya Asamblea, tienen que estar presentes al menos el 10% de las personas en condiciones de votar, en este caso, aproximadamente 1400, sino, no habrá quórum para la realización de la misma. Además, para aprobar la reforma se necesita el voto de las dos terceras partes de los presentes.

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