Rechazaron la prisión domiciliaria del exnovio de Rocío Alvarito acusado por la muerte de la joven
El juez desestimó el pedido de la defensa al considerar que persisten riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación por la muerte de Rocío Alvarito.
Un juez de La Plata rechazó el pedido de arresto domiciliario presentado por la defensa de Marcos García, procesado por la muerte de Rocío Alvarito. El magistrado concluyó que no existen circunstancias excepcionales que justifiquen morigerar la prisión preventiva y sostuvo que siguen vigentes los riesgos procesales que motivaron su detención.
La Justicia resolvió mantener en prisión común de García, el único imputado por la muerte de la joven; y rechazó así el pedido de arresto domiciliario impulsado por su defensa. La resolución, de 41 páginas, concluye que no se verifican los supuestos excepcionales previstos por el Código Procesal Penal bonaerense para conceder una morigeración de la medida de coerción y sostiene que continúan vigentes los riesgos de fuga y de entorpecimiento probatorio.
El juez de Garantías Pablo Raele sostuvo que, además de la gravedad de los hechos investigados, enmarcados provisoriamente en un contexto de violencia de género, deben ponderarse la pena en expectativa, la oposición fundada del Ministerio Público Fiscal (MPF) y de los particulares damnificados, así como las conclusiones de las pericias incorporadas al expediente.
En ese sentido, consideró que un eventual arresto domiciliario no alcanzaría para neutralizar los riesgos procesales que justificaron la prisión preventiva. También afirmó que existe un “riesgo cierto de fuga” vinculado con la magnitud de los delitos atribuidos y la eventual pena que enfrenta el acusado.
La resolución también hace referencia al comportamiento que García mantuvo durante la investigación. Entre otros aspectos, recuerda las contradicciones detectadas en sus distintas versiones de los hechos, las maniobras vinculadas con su teléfono celular y el borrado de registros de llamadas, elementos que el juez entendió que aún sostienen el peligro de entorpecimiento de la causa.
El peso de las pericias psicológicas
Uno de los ejes centrales del fallo son las conclusiones de las pericias psicológicas oficiales, que describen rasgos de personalidad que, según el juez, guardan relación con conductas observadas durante la investigación.
El informe señala que García presenta bajo nivel de tolerancia a la frustración, dificultades para asumir responsabilidades, tendencia a controlar la información que brinda y una modalidad huidiza para enfrentar situaciones adversas. También concluye que intenta responsabilizar a su expareja por los conflictos de la relación y recomienda un tratamiento terapéutico con perspectiva de género.
Aunque la psicóloga propuesta por la defensa discrepó con parte de las conclusiones oficiales, coincidió en que el imputado presenta mecanismos defensivos frágiles, baja tolerancia a la frustración y labilidad emocional. El juez destacó esas coincidencias al valorar los informes periciales.
En la resolución también se menciona que García se desempeñó durante 5 años como integrante de la Policía Bonaerense. Para el magistrado, sus antecedentes como agente policial, sumado a su actividad comercial y a la red de contactos que mantiene, constituye otro elemento a considerar al evaluar los riesgos procesales, aunque aclaró que no resulta determinante por sí mismo.
Finalmente, el juez concluyó que la prisión domiciliaria, aun con monitoreo electrónico, no impediría eventuales contactos con testigos ni posibles maniobras sobre la prueba pendiente de producción. Por ese motivo resolvió rechazar la solicitud de la defensa y mantener la prisión preventiva en las condiciones actuales hasta que avance el proceso judicial.