Mientras la causa avanza, abogados de la familia de Rocío Alvarito sostienen que el imputado dio tres versiones. Desde la defensa aseguran que solo existe una.
La investigación por la muerte de Rocío Alvarito, la joven que cayó desde un balcón en el barrio La Loma de La Plata, transita una etapa sensible. Con el avance de la instrucción, comenzaron a tomar centralidad las distintas versiones que habría brindado el imputado Marcos Ariel García sobre lo ocurrido aquella noche y las líneas de investigación que analiza el Ministerio Público Fiscal.
Los abogados de la familia de Rocío –Cristian González, Gastón Jesser y Sebastián Iturria– sostienen que en el expediente existen tres relatos diferentes atribuidos al acusado respecto de un mismo hecho, lo que, a su criterio, genera contradicciones que deben ser profundamente analizadas por la Justicia.
La primera versión surge de manera inmediata tras la caída de Rocío. El testigo Luis Alarcón declaró que García se presentó en su departamento para pedirle que le abriera la puerta y, en ese contexto, le habría dicho: “La boluda de mi novia se tiró”.
Según ese testimonio, el imputado manifestó que Rocío se había arrojado al vacío justo en el momento en que él fue a abrir la puerta a Sandra Alarcón, una vecina que se había acercado tras escuchar ruidos y pedidos de ayuda.
Este primer relato, espontáneo y previo a cualquier intervención formal de la Justicia, quedó incorporado al expediente como una de las piezas testimoniales iniciales de la causa.
Sin embargo, de acuerdo a lo declarado por el mismo testigo, en ese mismo momento García habría dado una segunda explicación distinta. En esa oportunidad, señaló que Rocío se había colgado del balcón, que él intentó ayudarla y que, en medio de esa situación, ella le habría dado “una piña”.
Según esta segunda versión, el forcejeo habría ocurrido instantes antes de la caída y habría sido en ese contexto cuando Rocío terminó cayendo al vacío. Para la querella, esta diferencia respecto del primer relato resulta relevante y debe ser evaluada junto con el resto de las pruebas.
La tercera versión surge cuando García declaró formalmente ante la Justicia, al prestar declaración en los términos del artículo 317 del Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires.
En esa instancia, el imputado sostuvo que Rocío “se colgó del balcón”, aunque no precisó con claridad en qué circunstancias exactas ocurrió el hecho. Según su relato formal, mientras él se dirigía a abrir la puerta a una vecina que había acudido al lugar, en ese intervalo Rocío cayó.
Este relato quedó videograbado y es el que la defensa considera la única versión procesalmente válida del imputado.
La audiencia prevista en el artículo 317 del Código Procesal Penal es la ampliación de la declaración indagatoria formal del imputado. Se trata del acto procesal en el que la persona acusada es escuchada oficialmente por la fiscalía, con pleno ejercicio de su derecho de defensa y con asistencia letrada obligatoria.
En esta instancia, el imputado puede declarar o guardar silencio, responder o no preguntas y exponer su versión de los hechos sin que ello implique obligación alguna. La declaración queda incorporada al expediente y puede ser utilizada para evaluar cuestiones clave del proceso, como la calificación legal del hecho o un eventual pedido de prisión preventiva.
Desde el punto de vista jurídico, es la única declaración que tiene valor formal como indagatoria, a diferencia de expresiones espontáneas previas que puedan surgir en un contexto no judicializado.
Los abogados defensores Miguel Molina y Alfredo Gascón sostienen que la única versión brindada por Marcos García sobre lo ocurrido es la realizada en el marco del artículo 317 del CPP. Según indicaron, ese relato se corresponde con la totalidad de la prueba incorporada al expediente, incluyendo testimonios, informes de Policía Científica, criminalística y elementos secuestrados durante la instrucción, como cuadernos y diplomas.
Cabe destacar que las expresiones previas atribuidas a García no constituyen declaraciones judiciales y que deben ser valoradas con extrema cautela dentro del contexto emocional de la tragedia.
, del expediente que instruye el fiscal Álvaro Garganta surgen indicios que habilitan la hipótesis de un suicidio, una de las posibles líneas de investigación que se analiza con extrema prudencia y sin descartar otras alternativas.
Desde Tribunales remarcan que se trata de una causa compleja, donde el análisis del contexto personal, familiar y emocional de la víctima resulta clave para arribar a la denominada verdad histórica de los hechos.
En ese marco, declararon varios testigos del entorno íntimo de Rocío. Juliana Calvo manifestó no conocer a Marcos García y señaló: “En ocasiones la he visto muy triste, pero no por esto, sino por cuestiones familiares. Sé que no tenía relación con la madre, con la hermana ni con el padrastro y con el padre tengo entendido que se habría reconciliado en el último tiempo”.
Por su parte, la hermana de Rocío, Brenda Macarena, confirmó el distanciamiento familiar: “Con Rocío estábamos distanciadas por diferencias familiares. Nos dejamos de ver y hablar y la última vez que estuve con ella fue en el mes de marzo del año pasado”.
La madre de la joven, Nancy Mabel Ayala, declaró que Rocío había salido de un grupo familiar de WhatsApp y recordó un episodio previo de salud mental: “Recuerdo que una vez ella sufrió un ataque de pánico y la internaron en el Hospital Rossi. De esto me avisó su papá y fue allí que decidí ir a verla. Recuerdo que le colocaron un suero y mientras estábamos en la habitación él (Marcos García) siempre estuvo ahí”.
Consultada sobre posibles situaciones de violencia, fue categórica: “Nunca Rocío me comentó haber sufrido violencia por parte de Marcos. Nunca advertí marcas que hagan suponer que era víctima de violencia de género”. También señaló que no tenía trato con el imputado: “No, ni siquiera sé su apellido”.
La muerte de Rocío Alvarito continúa bajo investigación judicial. Con versiones contrapuestas, peritajes técnicos y testimonios del entorno familiar, la causa se encamina a una definición que deberá ponderar cada uno de los elementos incorporados al expediente.
Como remarcan fuentes judiciales, se trata de una dolorosa historia que está en manos de la Justicia, donde el objetivo final será reconstruir la verdad histórica de los hechos para, finalmente, arribar a una verdad jurídica que dé respuesta a todas las partes involucradas.